Los nuevos lineamientos del decreto estatal vigente hasta el 8 de marzo 2021 son los siguientes:
- La restricción en la venta de alcohol será del viernes al domingo.
- El aforo en el servicio de alimentos preparados (restaurantes, cafeterías, fondas, taquerías y torterías) será del 20% en salón y la comida rápida en Centros Comerciales no debe rebasar las 25 mesas, donde la estancia máxima será de 40 minutos.
- El horario de cierre para toda actividad comercial es hasta las 21:00 horas.
- Se permite la asistencia a la celebración de los servicios religiosos dominicales con un 30% de aforo y con apego estricto de los protocolos sanitarios.
- Los días domingo y lunes se mantienen como los “Días Solidarios de Cierre” para toda actividad no esencial.
Asimismo, se reitera a los Ayuntamientos la prohibición del ambulantaje y de obras que atente contra la movilidad.
Los servicios de transporte público, mercantil y ejecutivo pueden operar de las 5:30 horas a las 22:00 horas.