Cárcel a quien ejerza violencia vicaria, avalan diputados en comisiones

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Foto: Especial.

En comisiones, diputados del Congreso del Estado aprobaron tipificar y sancionar hasta con 11 años de prisión la violencia vicaria en Puebla, con lo que se dará paso a un nuevo marco jurídico para proteger a las mujeres y menores que se ven envueltos en dicho tipo de violencia de género.


Este miércoles durante sesión, legisladores de las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia, de Igualdad de Género y de la Familia y los Derechos de la Niñez avalaron por unanimidad de votos diversas reformas para reconocer e incluir la violencia vicaria en la ley.

El dictamen señala que la violencia vicaria es ejercida por parte de quien mantiene o mantuvo una relación afectiva o sentimental de pareja con la víctima, y utiliza a sus hijas o hijos como instrumento para causarle daño.

También la define como “todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas y los hijos; así como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima”.

Además de incluir el término en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, los diputados locales realizaron modificaciones al Código Penal del Estado para tipificar la violencia vicaria como un delito derivado de la violencia familiar.

En ese sentido, se establece que la violencia familiar se castiga con dos a ocho años de cárcel, pena que incrementará hasta 10 años y ocho meses cuando se utilice a un niño, niña o adolescente como instrumento para causar daño a la madre.

Adicionalmente, hicieron cambios en el Código Civil del Estado para que los jueces puedan modificar el ejercicio de la patria potestad o custodia cuando se acredite que las niñas, niños y adolescentes han sido víctimas indirectas de violencia vicaria.

También podrían revocar la patria potestad al agresor en caso de que realice conductas reiteradas para evitar la convivencia de los menores con la persona o personas que también tengan derecho a la misma.

Asimismo, las reformas integrales alcanzaron la Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar y la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes a fin de garantizar el interés superior de la niñez.

Violencia vicaria, exclusiva hacia mujeres

La diputada local del Partido del Trabajo (PT), Mónica Silva Ruíz, señaló que la violencia vicaria es la máxima expresión de la violencia de género, por lo que ésta se ejerce exclusivamente en mujeres por parte de hombres.

Sostuvo que las víctimas de violencia vicaria previamente sufrieron otros tipos de agresiones como violencia psicología, física, sexual, familiar o patrimonial, por lo que llega el momento en el que deciden separarse de sus agresores.

A partir de ese punto, los violentadores recurren a sus hijas e hijos para utilizarlos como instrumento para seguir causando daño a las mujeres, ya sea alejándolos de ellas o, en casos extremos, asesinando a los menores.

“Hoy centramos la discusión en que el tipo de violencia vicaria únicamente es ejercido por los hombres en contra de las mujeres, utilizando a una interpósita persona, que en este caso son los hijos (…) ésta en particular no puede verse en ninguna óptica que no sea la de perspectiva de género porque son justamente los hombres quienes ejercen este tipo de violencia”, comentó Silva Ruíz.

Tras su aprobación en comisiones, las reformas serán discutidas y votadas por el Pleno del Poder Legislativo en la sesión del próximo viernes 15 de julio.

Por: Vera Fernández
Editor: Guillermo Pérez Leal

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