¿Cárcel o pensión alimenticia? Así sancionarían a papás irresponsables

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Por Vera Fernández

Las personas que sean denunciadas por el delito de abandono podrían librar la cárcel, en caso de que cubran las pensiones alimenticias que tuvieran pendientes, por lo que la acción penal en su contra quedaría sin efecto.

Lo anterior se plantea en una iniciativa presentada en el Congreso de Puebla por la diputada local del Partido Acción Nacional (PAN), Nancy Jiménez Morales, quien busca reformar el artículo 348 del Código Penal del Estado.

Su propuesta ingresó al Poder Legislativo este jueves, luego de que los diputados del Pleno avalaron sancionar hasta con seis años de prisión el abandono de mujeres embarazadas, así como el incremento de penas por el abandono de adultos mayores y menores de edad.

En ese sentido, la legisladora panista busca establecer que las acciones penales podrán sobreseerse cuando el denunciado cubra las pensiones alimenticias que deba, lo que deberá ser decretado previamente por un Juez Familiar o Civil.

“Se sobreseerá la acción penal, cuando la o el procesado cubra las pensiones alimenticias que deba, de acuerdo a lo que haya sido decretado por una o un Juez Familiar o Civil y otorgue una garantía suficiente a juicio de la o el Juez, para la subsistencia de la o las personas abandonadas.”

La iniciativa tiene por objetivo no dejar en estado de indefensión y garantizar la subsistencia de las personas abandonadas, ya sean niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad o mujeres embarazadas.

La propuesta de la diputada Nancy Jiménez fue turnada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su análisis y posible aprobación.

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