Negocios del giro nocturno como antros y bares están autorizados para cerrar sus actividades hasta las 03:00 horas de la madrugada con un aforo del 100%, así lo refiere el último decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado (POE).
De acuerdo con el documento, el decreto aplica a los establecimientos mercantiles que tienen como giro principal la venta o distribución de bebidas alcohólicas en envase abierto y al copeo, como antros, centros nocturnos, bares, botaneros y cantinas.
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No obstante, el decreto publicado en el POE el martes pasado precisa que los restaurantes o negocios de ese giro deben priorizar el servicio en terrazas o zonas al aire libre; también aplica para actividades religiosas, sociales y culturales.
Cabe mencionar que, a causa de la pandemia de coronavirus, las actividades económicas fueron alteradas para evitar más contagios, por lo que negocios del giro nocturno fueron de los más afectados.
Por Redacción
Editora: Brenda Balderas
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