El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Pablo Gómez, contempló una sanción a quien no participe en los procesos de revocación de mandato.
Indicó que la Constitución establece la obligatoriedad de votar en las consultas de revocación de mandato y sanciones para quienes no participen.
El funcionario compartió los artículos 35.I y 36.III constitucionales, que establecen tanto el derecho como la obligación de los ciudadanos de votar en los procesos de revocación.
Según el artículo 38.I, los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por la falta de cumplimiento, sin causa, justificada de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36.
“Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley”, dice.
Sin embargo, ninguna autoridad advirtió sobre sanciones al difundir la revocación de mandato, sólo invitó a los ciudadanos a participar.
Por: Redacción
Editor: Guillermo Pérez Leal
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