Diputados de Tabasco aprobaron la Ley Olimpia para sancionar con seis años de prisión la violación a la intimidad sexual.
Se castigará a quienes divulguen compartan, distribuyan y publiquen imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de otra persona sin su consentimiento.
El gobernador Carlos Manuel Merino presentó la iniciativa desde el pasado 22 de noviembre.
En ella se establecen reformas y adiciones de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como del Código Penal para el Estado de Tabasco.
Todos, con miras a proteger a las mujeres.
¿Qué modificaciones jurídicas contempla?
“Delitos contra la Intimidad Sexual”: La Ley Olimpia contempla reformas legislativas encaminadas a tipificar conductas que dañen la moral, emocional y psicológica de las mujeres.
“Ciberviolencia”: También se reconoce la violencia digital y se sancionan los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medio digitales.
“Violencia Digital”: Refiere a sancionar acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, mensajes de odio, vulneración de datos o información privada, donde se emplee el uso de tecnologías.
También la difusión de imágenes, audios o videos ya sea reales o simulados del contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento.
Se establece que comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización.
Redacción
Con información de El Universal
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