Nuevo titular de la ASE Puebla será nombrado en mayo

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Foto: Twitter Foto: Twitter @AsePuebla

Entre la segunda y tercera semana de mayo será designado el nuevo titular de la Auditoría Superior del Estado (ASE), de acuerdo con la convocatoria publicada por el Congreso de Puebla.

Este jueves, el Poder Legislativo lanzó los lineamientos y fechas para el proceso de selección del próximo auditor superior, una semana después de la destitución de Francisco N., quien se encuentra preso por el presunto delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Los tiempos empezarán a correr a partir del viernes 8 de abril, cuando la Oficialía de Partes abra la recepción de propuestas y documentación correspondiente de los perfiles interesados.

Los aspirantes deberán ser propuestos por alguna universidad, institución, asociación, barra, colegio o empresa, según sea el caso.

Una vez concluido el plazo para la recepción de propuestas y documentos el 28 de abril, los expedientes serán remitidos a la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo).

Posteriormente, los coordinadores de bancadas tendrán hasta el 9 de mayo para determinar cuáles propuestas cumplen y acreditan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Tras la revisión y análisis de los perfiles, la Jugocopo elaborará la lista de personas que cumplieron todos los lineamientos, según la Ley de Rendición de Cuentas y Fiscalización Superior del Estado.

Los aspirantes “palomeados” deberán presentarse a las instalaciones del Congreso local para el desahogo de entrevistas ante los líderes de partidos, los días 11 y 12 de mayo.

Los líderes de los grupos legislativos realizarán una evaluación integral que servirá para la integración de una terna, la cual estará conformada por los perfiles que hayan obtenido el mejor puntaje, por orden de prelación.

Finalmente, las 41 diputadas y diputados locales deberán votar por los tres aspirantes puestos a consideración.

El nuevo titular de la ASE será designado el voto de las dos terceras partes del Pleno, es decir, al menos 28 legisladores.

La persona que resulte electa rendirá protesta como auditor o auditora superior para un periodo constitucional de siete años.

Requisitos para encabezar la ASE

Las personas interesadas en ocupar la titularidad de la ASE deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser ciudadana/o mexicana/o, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
  2. Tener cuando menos treinta años cumplidos al día de su elección;
  3. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional o inhabilitado en cualquiera de las esferas de gobierno. Sin perjuicio de lo anterior, si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que afecte seriamente la buena fama, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena;
  4. No haber sido, durante los tres años anteriores a su nombramiento, Gobernador del Estado, titular de alguna dependencia o entidad del Gobierno Federal o local, con excepción de los órganos responsables del control interno, Senador, Diputado Federal o Local, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrado o Juez del Poder Judicial de la Federación o del Estado, Presidente Municipal o dirigente de partido político alguno, ni haber sido postulado para cargo de elección popular durante el año previo al día de su nombramiento;
  5. Contar, al momento de su nombramiento, con experiencia comprobable de, al menos cinco años en actividades o funciones en materia de fiscalización, auditoria, responsabilidades, control interno, evaluación del desempeño u otros equivalentes.
  6. Poseer al día de su elección, título con antigüedad mínima de cinco años y cédula profesional como contador público, licenciado en derecho o abogado, licenciado en economía, licenciado en administración o cualquier otro título profesional relacionado con las actividades de fiscalización expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello; y
  7. No haber sido inhabilitada/o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni removido por causa grave de algún cargo del sector público o privado.

Por: Vera Fernández
Editor: Guillermo Pérez Leal

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