Quitarán licencia a conductores ebrios que provoquen muertes en Puebla

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La sanción incluye de seis a 15 años de prisión para conductores de transporte público y de dos a nueve años de cárcel para particulares.// Foto Especial

Por Vera Fernández

Los conductores particulares que provoquen la muerte de una o más personas por manejar en estado de ebriedad en Puebla, serán sancionados con la cancelación definitiva de su licencia.

En tanto, los chóferes de transporte público podrán ser inhabilitados de seis a 10 años para transportar pasajeros, además de que se les impondrán penas de hasta 15 años de prisión.

En sesión ordinaria celebrada este martes, el Pleno del Congreso local aprobó por unanimidad diversas reformas al Código Penal del Estado, con el fin de endurecer las sanciones por los delitos de homicidio culposo.

El dictamen partió de una iniciativa presentada por la diputada del Partido del Trabajo (PT), Guadalupe Muciño Muñoz, quien señaló que la capital poblana ocupa el noveno lugar nacional en muertes por accidentes de tránsito, pues se registraron 97 casos en 2019.

En ese sentido, indicó que manejar en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas son factores determinantes en la capacidad de conducción de cualquier vehículo, por lo que resulta necesario implementar medidas estrictas para evitar más siniestros viales en la entidad.

Durante la discusión del tema, la presidenta de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, María del Carmen Cabrera Camacho, hizo alusión al choque ocurrido durante el fin de semana en la Diagonal Defensores de la República, donde tres mujeres fallecieron.

Ante dicha situación, refirió que deben prevenirse más accidentes del tipo, donde el chófer del automóvil Mustang manejaba ebrio y a exceso de velocidad, lo que provocó que se estrellara contra otro vehículo y varias personas perdieran la vida.

Además de la cancelación definitiva de las licencias, los conductores de transporte público que provoquen la muerte de una persona serán sancionados con seis a 15 años de prisión, mientras que a los conductores particulares se les impondrán penas de dos a nueve años de cárcel.

Las reformas al Código Penal del Estado entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado (POE).

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