Será delito penal que clínicas de salud retengan a bebés por adeudos

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La iniciativa surge de casos en los que directivos y personal de hospitales no permiten la salida de recién nacidos hasta que se liquiden los gastos. // Foto: // Imagen Ilustrativa.

Por Vera Fernández

Desde el Congreso del Estado buscan catalogar como violencia obstétrica la retención de recién nacidos y sus madres por falta de pago en las instituciones de salud de Puebla, lo que además podría ser sancionado hasta con nueve años de prisión.

El diputado local de Morena, José Miguel Trujillo de Ita, presentó una iniciativa para reformar el artículo 18 Bis de la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el objetivo de proteger a las poblanas que no cuentan con solvencia económica después de dar a luz.

En ese sentido señaló que, en muchas ocasiones, los directivos y personal administrativo de hospitales no permiten la salida de recién nacidos hasta que sus padres liquiden los gastos correspondientes del parto o servicios que se brindaron.

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Por lo anterior, su propuesta plantea establecer en la ley que se considerará como violencia obstétrica “retener a la mujer o al recién nacido en las instituciones de salud debido a su incapacidad de pago”.

Sin embargo, la retención de menores de edad en centros de salud ya se encuentra tipificada como un delito de “responsabilidad médica” en el Código Penal del Estado, el cual se castiga hasta con 6 años de cárcel.

Mientras que la violencia obstétrica también es catalogada como un delito penal que alcanza la pena máxima de tres años, por lo que dichas acciones podrían alcanzar hasta los nueve años de prisión en conjunto.

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